El aborto y los mínimos éticos

Adela Cortina ha publicado un artíaculo que merece tener en cuenta en nuestra reflexión sobre el aborto. Estoy de acuerdo en que tenemos que encontrar unos mínimos éticos. Creo que en la reflexión serena se ha de tener en cuenta que una mujer no puede ser condenada por tener la necesidad de abortar y que hay que establecer unos principios legales que aseguren los derechos de las mujeres que se vean en la necesidad de abortar. 

No creo que que el aborto sea algo buscado, al contrario, pienso que el aborto es una agresión que sufre la mujer y por eso defiendo una mayor educación sexual en colegios, institutos. Hay que intentar que el número de abortos disminuya y para ello los métodos anticonceptivos se han de difundir mucho más.

Adela Cortina afirma: “¿Qué mínimos éticos podríamos espigar en torno a los cuales podríamos ir descubriendo acuerdos?

Que el aborto es indeseable parece fuera de duda. Ninguna mujer desea tener que abortar, ninguna lo incluye como parte de un proyecto vital, es una decisión traumática ante la que nadie desea encontrarse. Por eso lo más urgente e importante es prevenir, educar para no llegar al embarazo no deseado, invertir esfuerzo, no sólo en educación sexual, sino también en una educación en proyectos valiosos, que no arrebate a los niños su infancia ni a los adultos su responsabilidad. Una responsabilidad, por supuesto, compartida entre mujeres y varones, que juntos han de asumir decisiones y consecuencias. Y si una mujer llega a la decisión traumática de abortar, suficientemente dolorosa por sí misma, una sociedad civilizada no puede recurrir al castigo, sobre esto último también existe un amplio acuerdo.

Regular la objeción de conciencia del personal sanitario que se niega a eliminar lo que considera una vida humana resulta indispensable para no llegar a un Estado totalitario, que obliga a los ciudadanos a actuar en contra de su conciencia. Y, por supuesto, es una obligación social impedir que las familias sientan como indeseables embarazos que recibirían con entusiasmo si no fuera por falta de medios.

Ciertamente, entablar un diálogo sereno no significa que los interlocutores no tengan convicciones ni tampoco dar por supuesto de forma estúpida que no hay desacuerdos. Pero si hemos de intentar que los autores de las leyes coincidan lo más posible con sus destinatarios, dialogar sin etiquetas en el seno de la sociedad civil y tratar de descubrir puntos comunes es de primera necesidad”.

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Una Respuesta a “El aborto y los mínimos éticos”

  1. -H- Dice:

    Solo una cuestión: ¿sería tan condescendiente con la objeción de conciencia del personal sanitario si este, por ejemplo, rechazara el uso de transfusiones de sangre poniendo en serio peligro la vida de pacientes que no posean la misma convicción?

    Un servicio público de salud debe garantizar unas prestaciones que todo profesional que participe en él debe comprometerse a cumplir, pudiendo elegir el ejercicio por la vía privada si quisiera imponer restricciones por convencimiento moral.

    El asunto del aborto es complejo, pero en estos casos hay que ponerse en el lugar de quien precisa la ayuda, y no de quien va a prestarla. Una mujer que se encuentra en situación legal para abortar, y que quiere ejercer este derecho -a nivel legislativo las motivaciones no deberían ser cuestionadas-, no puede verse desamparada porque el colectivo profesional que debería prestarle su asistencia se niege por objeción de conciencia. Pero ni en el caso del aborto, ni en ningún otro.

    Al contrario de su expresión «Regular la objeción de conciencia del personal sanitario que se niega a eliminar lo que considera una vida humana resulta indispensable para no llegar a un Estado totalitario, que obliga a los ciudadanos a actuar en contra de su conciencia.», el garantizar la prestación de un servicio a quienes lo necesiten no es llegar a un Estado totalitario, como sí lo sería dejar que otros impusieran su moral a la hora de prestar su servicio.

    Insisto: en un servicio público se deben garantizar todas las prestaciones. Si un profesional, por los motivos que sean, se plantea objetar a la práctica de alguna de las prestaciones garantizadas, es libre de optar por el ejercicio en el ámbito privado.

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